Concurso: Concurso N° 150: Un (1) cargo de Defensor Público Civil, para la Defensoría Civil Nº 1, de la II Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Cutral Có. (Categoría MF4).
1-Texto Convocatoria
2-Postulantes y temario
3-Orden de Mérito de Antecedentes
4-Etapa Técnica
5-Entrevistas Personales
6-Orden de Mérito Definitivo
7-Designación
<p><strong>El Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén</strong></p><p> </p><p><strong>I -</strong> Hace saber a los interesados, que en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 22 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, y conforme a lo dispuesto en la Resolución Nº 031/18 de fecha 23 de octubre de 2018 de este Consejo, se ha resuelto aprobar y publicar el listado definitivo de postulantes del Concurso Nº 150, los que a continuación se transcriben:</p><p> </p><p> </p><p> </p><figure class="table"><table><thead><tr><th>Apellido</th><th>Nombre</th><th> D.U.</th></tr></thead><tbody><tr><td>Barrios</td><td>Guadalupe Amanda</td><td>20.315.169</td></tr><tr><td>Cañupan</td><td>Néstor Fabián</td><td>22.619.309</td></tr><tr><td>Colombo</td><td>Miriam Elina</td><td>23.627.224</td></tr><tr><td>Fernández</td><td>Juan Carlos</td><td>16.349.774</td></tr><tr><td>Martini</td><td>Oriana Denise</td><td>31.939.548</td></tr><tr><td>Muñoz</td><td>María José</td><td>24.398.118</td></tr><tr><td>Serralunga</td><td>Mariano</td><td>25.710.316</td></tr><tr><td>Sigwald Stoianoff</td><td>Santiago Emilio</td><td>18.395.690</td></tr></tbody></table></figure><p> </p><p> </p><p> </p><p><strong>II -</strong> Asimismo, por la Resolución citada, se ha aprobado el Temario correspondiente al Concurso Nº 150, el que se transcribe a continuación:</p><p> </p><p><strong>TEMARIO</strong></p><p> </p><p><strong>1.</strong> Constitución Nacional. Constitución de la Provincia del Neuquén. Pactos internacionales de Derechos Humanos. Derecho Constitucional de las Familias. Jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de Derecho de las Familias. Jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, Tribunal Superior de Justicia y Cámara de Apelaciones del Interior en materia civil a partir de la vigencia del Código Civil y Comercial de la Nación.</p><p> </p><p><strong>2.</strong> Garantía constitucional de defensa en juicio. El acceso a la justicia. Pauta económica para acceder al patrocinio de la Defensa Pública. Resoluciones del Ministerio Público de la Defensa. Reglas de Brasilia. Ley Orgánica del Poder Judicial de la Provincia del Neuquén. Diferentes roles y funciones del Ministerio Público de la Defensa Civil. Ley Orgánica del Ministerio Público de la Defensa n° 2.892.</p><p> </p><p><strong>3.</strong> Derecho objetivo. Principios generales del derecho. Fuentes. Interpretación del derecho. Derecho subjetivo. Adquisición, modificación y extinción de los derechos. La acción y la tutela de los derechos. Orden público. Costumbre.</p><p> </p><p><strong>4.</strong> Código Civil y Comercial de la Nación y leyes complementarias. Principios generales. Irretroactividad de la ley. Artículo 7 del Código Civil y Comercial. Persona. Personas humanas y jurídicas. Bienes. Principio y fin de la existencia de las personas. Artículo 19 del Código Civil y Comercial. Persona por nacer. Protección de la vida desde la concepción. Cuestiones actuales de la concepción. Derechos y actos personalísimos. Afectaciones a la dignidad. Actos de disposición sobre el propio cuerpo. Consentimiento informado para actos médicos e investigaciones en salud. Directivas anticipadas. Trasplantes (Ley 24.193). Bioética. Derechos del paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la Salud (Ley 26.529 y modificatorias). Nombre de la persona humana. Elección. Cambio de nombre. Proceso. Acciones de protección del nombre. Artículo 71 del Código Civil y Comercial. Domicilio. Ausencia. Presunción de fallecimiento. Prueba del nacimiento, de la muerte y de la edad. Rectificaciones de partidas. Inscripciones de nacimiento fuera de término. Ley 26.413. Derecho a la identidad de Género (Ley 26.743).</p><p> </p><p><strong>5.</strong> Capacidad. Capacidad de derecho. Capacidad de ejercicio. Personas incapaces de ejercicio. Personas menores de edad. Ejercicio de los derechos. Restricciones a la capacidad. Reglas generales. Legitimación para solicitar la declaración de incapacidad y de capacidad restringida. Medidas cautelares. Entrevista personal e intervención del interesado en el proceso. Roles del Defensor Público Civil. Sentencia. Revisión de la sentencia. Internaciones. Sistemas de apoyo al ejercicio de la capacidad. Actos realizados por persona incapaz o con capacidad restringida. Cese de la incapacidad y de las restricciones a la capacidad. Inhabilitados. Personas con uso problemático de drogas. Representación y asistencia. Tutela y curatela. Rendición de cuentas. Ley 26.657 y Ley Provincial 2.737 de Salud Mental. Nuevos paradigmas. Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Principios para la protección de los enfermos mentales. Procedimiento en inhabilitaciones, restricciones de capacidad, internaciones involuntarias y medidas de protección de personas. Roles del Defensor Público Civil. Artículo 22 de la Ley 26.657.</p><p> </p><p><strong>6.</strong> Relaciones de familia. Filiación. Fuentes de la filiación. Filiación por técnicas de reproducción humana asistida. Voluntad procreacional. Determinación de la maternidad. Determinación de la filiación matrimonial. Determinación de la filiación extramatrimonial. Parentesco. Efectos: civiles, procesales, penales, laborales y previsionales. Alimentos entre parientes. Incumplimiento de órdenes judiciales. Artículo 551 del Código Civil y Comercial. Intereses. Artículo 552 del Código Civil y Comercial. La gestación por sustitución y su falta de regulación en el Código Civil y Comercial.</p><p> </p><p><strong>7.</strong> Adopción. Principios generales que rigen la adopción. Artículo 595 del Código Civil y Comercial. Tipos de adopción (plena, simple y de integración). Efectos. Guarda con fines de adopción. Juicio de adopción. Consentimiento para la adopción. R.U.A. (Registro Único de Adoptantes): Ley Provincial 2.561 y sus decretos reglamentarios 1.438/08 y 36/09. Declaración judicial de la situación de adoptabilidad. Revocación de la adopción.</p><p> </p><p><strong>8.</strong> Acciones de filiación. Competencia. Legitimación. Consecuencia del doble vínculo filial. Prueba genética. Acciones de reclamación de filiación. Posesión de estado. Convivencia. Alimentos provisorios. Reclamación del daño causado. Acciones de impugnación de la filiación. Impugnación del reconocimiento. Caducidad de las acciones. Derecho a la identidad. Responsabilidad civil por omisión de reconocimiento voluntario.</p><p> </p><p><strong>9.</strong> Matrimonio. Principios de libertad y de igualdad. Impedimentos matrimoniales. Falta de edad nupcial. Falta de salud mental. Dispensa judicial. Prueba del matrimonio. Derechos y deberes de los cónyuges. Alimentos durante la vida común y la separación de hecho. Pautas para la fijación. Alimentos posteriores al divorcio. Ley de matrimonio igualitario. Causales de disolución del matrimonio. Proceso de divorcio. Legitimación. Requisitos y procedimiento. Efectos del divorcio. Convenio regulador, compensación económica y atribución del uso de la vivienda. Régimen patrimonial del matrimonio. Régimen de comunidad. Disposiciones generales. Bienes de los cónyuges. Deudas de los cónyuges. Gestión de los bienes en la comunidad. Extinción de la comunidad. Indivisión postcomunitaria. Liquidación de la comunidad. Partición de la comunidad. Régimen de separación de bienes. Conversión de la sentencia de separación personal en divorcio vincular.</p><p> </p><p><strong>10.</strong> Uniones convivenciales. Pactos de convivencia. Efectos de las uniones convivenciales durante la convivencia. Relaciones patrimoniales. Responsabilidad por las deudas frente a terceros. Efectos del cese de la convivencia. Compensación económica, atribución del uso de la vivienda y división de los bienes.</p><p> </p><p><strong>11.</strong> Responsabilidad parental. Medidas cautelares. Competencia. Titularidad y ejercicio de la responsabilidad parental. Deberes y derechos de los progenitores. Reglas generales. Obligación de alimentos. Legitimación. Contenido de la obligación. Mayoría de edad. Retroactividad de los alimentos. Determinación de la cuota. Reclamo a los ascendientes. Hijo mayor que se capacita. Mujer embarazada. Proceso de alimentos. Incidentes. Registro Provincial de Deudores Alimentarios Morosos (Leyes 2.333 y 2.885). Deberes y derechos sobre el cuidado de los hijos. Deberes de los hijos. Deberes y derechos de los progenitores e hijos afines. Representación, disposición y administración de los bienes del hijo menor de edad. Ejercicio de la responsabilidad parental. Delegación del ejercicio. Cuidado personal compartido. Cuidado personal unilateral. Artículo 653 del Código Civil y Comercial. Conflictos derivados del ejercicio de la responsabilidad parental. Actos que requieren el consentimiento de ambos progenitores. Artículo 645 del Código Civil y Comercial. Otorgamiento de la guarda a un pariente. Artículo 657 del Código Civil y Comercial. Extinción, privación, suspensión y rehabilitación de la responsabilidad parental. Reforma Ley 27.363. Derecho de comunicación. Legitimados. Oposición. Otros beneficiarios. Artículo 556 del Código Civil y Comercial. Medidas para asegurar el cumplimiento. Impedimento de contacto.</p><p> </p><p><strong>12.</strong> Hechos y actos jurídicos. Vicios de la voluntad. Error. Dolo. Violencia. Actos jurídicos. Objeto. Causa. Forma y prueba. Instrumentos públicos. Escritura pública y acta. Instrumentos privados y particulares. Contabilidad y estados contables. Vicios de los actos jurídicos. Lesión. Simulación. Fraude. Modalidades de los actos jurídicos. Condición. Plazo. Cargo. Representación. Representación voluntaria. Ineficacia de los actos jurídicos. Disposiciones generales. Nulidad absoluta y relativa. Nulidad total y parcial. Efectos de la nulidad. Confirmación. Inoponibilidad. Transmisión de los derechos.</p><p> </p><p><strong>13.</strong> Derechos personales. Obligaciones en general. Acciones y garantía común de los acreedores. Acción directa. Acción subrogatoria. Garantía común de los acreedores. Clases de obligaciones. Obligaciones de dar. Obligaciones de hacer y de no hacer. Obligaciones alternativas. Obligaciones facultativas. Obligaciones con cláusula penal y sanciones conminatorias. Obligaciones divisibles e indivisibles. Obligaciones de sujeto plural. Obligaciones concurrentes. Obligaciones disyuntivas. Obligaciones principales y accesorias. Rendición de cuentas. Pago. Mora. Pago a mejor fortuna. Beneficio de competencia. Prueba del pago. Imputación del pago. Pago por consignación. Pago por subrogación. Otros modos de extinción. Compensación. Confusión. Novación. Dación en pago. Renuncia y remisión. Imposibilidad de cumplimiento.</p><p> </p><p><strong>14.</strong> Contratos en general. Disposiciones generales. Libertad de contratación. Efecto vinculante. Facultades de los jueces. Buena fe. Clasificación de los contratos. Formación del consentimiento. Consentimiento, oferta y aceptación. Contratos celebrados por adhesión a cláusulas generales predispuestas. Cláusulas abusivas. Tratativas contractuales. Contratos preliminares. Pacto de preferencia y contrato sujeto a conformidad. Incapacidad e inhabilidad para contratar. Objeto. Causa. Forma. Prueba. Efectos. Efecto relativo. Incorporación de terceros al contrato. Suspensión del cumplimiento y fuerza mayor. Obligación de saneamiento. Responsabilidad por evicción. Responsabilidad por vicios ocultos. Señal. Interpretación. Subcontrato. Contratos conexos. Extinción, modificación y adecuación del contrato. Contratos de consumo.</p><p> </p><p><strong>15.</strong> Contratos en particular. Compraventa. Boleto de compraventa. Permuta. Suministro. Locación. Disposiciones generales. Objeto y destino. Locación habitacional. Tiempo de la locación. Efectos de la locación. Obligaciones del locador. Obligaciones del locatario. Régimen de mejoras. Cesión y sublocación. Extinción. Efectos de la extinción. Leasing. Obra y servicios. Transporte. Mandato. Contrato de consignación. Corretaje. Depósito. Contratos bancarios. Contrato de factoraje. Contratos celebrados en bolsa o mercado de comercio. Cuenta corriente. Contratos asociativos. Agencia. Concesión. Franquicia. Mutuo. Comodato. Donación. Fianza. Contrato oneroso de renta vitalicia. Contratos de juego y de apuesta. Cesión de derechos. Cesión de la posición contractual. Transacción. Contrato de arbitraje. Contrato de fideicomiso. Dominio fiduciario.</p><p> </p><p><strong>16.</strong> Responsabilidad civil. Disposiciones generales. Función preventiva y punición excesiva. Acción preventiva. Función resarcitoria. Factores de atribución. Daño resarcible. Responsabilidad directa. Responsabilidad por el hecho de terceros. Responsabilidad derivada de la intervención de cosas y de ciertas actividades. Responsabilidad colectiva y anónima. Supuestos especiales de responsabilidad. Responsabilidad de los establecimientos educativos. Accidentes de tránsito. Protección de la vida privada. Acusación calumniosa. Ejercicio de las acciones de responsabilidad. Relación entre las acciones civiles y las penales. Daños derivados de las relaciones de familia.</p><p> </p><p><strong>17.</strong> Otras fuentes de las obligaciones. Gestión de negocios. Empleo útil. Enriquecimiento sin causa. Declaración unilateral de la voluntad. Títulos valores.</p><p> </p><p><strong>18.</strong> Derechos reales. Prescripción adquisitiva. Posesión. Tenencia. Dominio. Condominio. Propiedad horizontal. Conjuntos inmobiliarios. Tiempo compartido. Cementerios privados. Superficie. Usufructo. Uso. Habitación. Servidumbre. Derechos reales de garantía. Hipoteca. Anticresis. Prenda. Defensas del derecho real. Acciones posesorias. Acciones reales. Acción reivindicatoria. Régimen de afectación de la vivienda. Prescripción y caducidad. Privilegios. Derecho de retención.</p><p> </p><p><strong>19.</strong> Propiedad comunitaria. Derechos de los pueblos originarios. Artículo 75 inc. 17 de la Constitución Nacional. Convenio 169 de la O.I.T. Artículo 18 del Código Civil y Comercial. Derecho a la identidad.</p><p> </p><p><strong>20.</strong> Derecho Sucesorio. Personas que pueden suceder. Indignidad. Sucesión intestada. Sucesión testamentaria. Aceptación y renuncia de la herencia. Derecho de opción. Petición de herencia. Heredero aparente. Afectación de la legítima. Administración judicial de la sucesión. Derechos y obligaciones de los herederos. Partición. Colación de donaciones. Colación de deudas. Porción legítima. Acciones. Mejora a favor del heredero con discapacidad. Proceso sucesorio.</p><p> </p><p><strong>21.</strong> Violencia familiar (Ley provincial 2785). Reglamentación. Procedimiento. Medidas cautelares. Violencia de género (Ley provincial 2786). Procedimiento judicial. Denuncia. Rol del Defensor Público Civil. Medidas preventivas urgentes. Ley nacional nº 26.485. Instrumentos internacionales sobre violencia familiar y de género.</p><p> </p><p><strong>22.</strong> Acción de Amparo. Constitución Nacional. Constitución Provincial. Ley Provincial de Amparo n° 1.981. Acciones colectivas e individuales. Acciones autosatisfactivas. Medidas cautelares. Rol del Defensor Público Civil. Derechos económicos, sociales y culturales. Derecho ambiental. Artículo 41 de la Constitución Nacional. Artículos 240 y 241 del Código Civil y Comercial. Normas de presupuestos mínimos. Ley General del Ambiente (Ley nacional 25.675). Derechos de los consumidores. Acción administrativa. Ley de Contrato de Trabajo. Accidentes y enfermedades laborales. Derecho procesal del Trabajo. Procesos concursales. Ley General de Sociedades.</p><p> </p><p><strong>23.</strong> Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia del Neuquén. Recusaciones. Partes. Beneficio de litigar sin gastos. Actos procesales. Prueba. Régimen de nulidades. Recursos. Procesos de conocimiento. Procesos de ejecución. Procesos especiales. Excepciones. Procesos voluntarios. Intervención que le cabe al Defensor Púbico en sus diversos roles. Código Civil y Comercial. Procesos de Familia. Artículos 705 a 723. Mediación familiar (Ley provincial 2.930).</p><p> </p><p><strong>24.</strong> Sistema de Protección integral de los Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes. Convención de los Derechos del Niño. Ley Nacional 26.061 y Provincial 2.302. Interés superior del niño. Derecho a ser oído. Derecho a la identidad y a conocer sus orígenes. Autonomía progresiva. Medidas cautelares. La figura del abogado del niño. La Defensoría de los Derechos del Niño y del Adolescente. Funciones asignadas por la Ley 2.302 artículo 49. Procedimiento extrajudicial. Requisitos para iniciar el procedimiento judicial. Redes de contención social. Relaciones interinstitucionales. Autoridad de aplicación. Convenio de La Haya sobre Restitución Internacional de menores. Artículo 2.642 del Código Civil y Comercial. Procedimiento para la aplicación de los Convenios sobre Restitución Internacional de niños, niñas y adolescentes, y régimen de visitas o contacto internacional (Ley provincial 3.134).</p><p> </p><p><strong>Se hace saber que en la evaluación técnica se admitirá exclusivamente el uso de códigos y/o leyes, en impresiones sin comentarios ni agregados de ninguna naturaleza. No se podrá contar con material bibliográfico ni base de datos informáticos de ningún tipo.</strong></p><p> </p><p><strong>III -</strong> Participación Ciudadana: conforme lo dispone el art. 23 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, todo interesado podrá efectuar aportes escritos ante el Consejo de la Magistratura, referidos a uno o más postulantes inscriptos, hasta cinco (5) días antes de la fecha prevista para iniciar las entrevistas personales. En su presentación deberá plasmar la cuestión o hecho que desea poner en conocimiento del Cuerpo pudiendo adjuntar la documentación que lo acredite o indicar con claridad el lugar donde ella se encuentre.</p><p> </p><p>Tales presentaciones en ningún caso implicarán la suspensión del concurso, ni la formación de incidente alguno.</p><p> </p><p>Las presentaciones en ningún caso podrán ser anónimas.</p><p> </p><p>Vencido el plazo establecido en el párrafo primero, de las presentaciones, se dará traslado a los postulantes para que tomen conocimiento.</p>
<p>El Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén mediante Acordada Nº 102/18 de fecha 06 de noviembre del 2018, se ha pronunciado sobre los antecedentes de los postulantes del Concurso Nº 150</p><p> </p><figure class="table"><table><thead><tr><th><strong>Apellido</strong></th><th><strong>Nombre</strong></th><th><strong>DNI</strong></th><th><strong>Puntaje promedio obtenido</strong></th><th><strong>Orden de mérito</strong></th></tr></thead><tbody><tr><td>Serralunga</td><td>Mariano</td><td>25.710.316</td><td>11,21</td><td>1</td></tr><tr><td>Colombo</td><td>Miriam Elina</td><td>23.627.224</td><td>8,93</td><td>2</td></tr><tr><td>Cañupan</td><td>Néstor Fabián</td><td>22.619.309</td><td>8,18</td><td>3</td></tr><tr><td>Sigwald Stoianoff</td><td>Santiago Emilio</td><td>18.395.690</td><td>6,82</td><td>4</td></tr><tr><td>Barrios</td><td>Guadalupe Amanda</td><td>20.315.169</td><td> 6,66</td><td>5</td></tr><tr><td>Fernández</td><td>Juan Carlos</td><td>16.349.774</td><td>5,70</td><td>6</td></tr><tr><td>Martini</td><td>Oriana Denise</td><td>31.939.548</td><td>5,33</td><td>7</td></tr><tr><td>Muñoz</td><td>María José</td><td>24.398.118</td><td>1,35</td><td>8</td></tr></tbody></table></figure><p> </p><p> <strong>Exámenes: </strong>Tendrán lugar en la sede del Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén, el examen escrito: el día 21 de noviembre a partir de las 8:30 hs. y el examen oral: los días 22 y 23 de noviembre a partir de las 8:30 horas, todos de 2018.</p><figure class="table" style="width:100%;"><table><tbody><tr><td colspan="9">Concurso Público Nº 150 - Etapa de Antecedentes Personales</td></tr><tr><td>NOMBRE</td><td>Moya</td><td>Sagaseta</td><td>Sepúlveda</td><td>Ferrari</td><td>Vega</td><td>Bettiga</td><td>Cerda</td><td>PROMEDIO</td></tr><tr><td>Barrios Guadalupe Amanda</td><td>6,93</td><td>7,00</td><td>6,67</td><td>6,00</td><td>6,05</td><td>7,40</td><td>6,60</td><td>6,66</td></tr><tr><td>Cañupan Néstor Fabián</td><td>9,45</td><td>7,57</td><td>8,71</td><td>6,72</td><td>7,65</td><td>8,10</td><td>9,12</td><td>8,18</td></tr><tr><td>Colombo Miriam Elina</td><td>8,59</td><td>5,85</td><td>9,35</td><td>6,86</td><td>9,67</td><td>11,50</td><td>10,70</td><td>8,93</td></tr><tr><td>Fernández Juan Carlos</td><td>2,63</td><td>7,00</td><td>5,32</td><td>6,00</td><td>6,00</td><td>7,00</td><td>6,00</td><td>5,70</td></tr><tr><td>Martini Oriana Denise</td><td>5,90</td><td>2,50</td><td>6,26</td><td>3,67</td><td>5,83</td><td>6,75</td><td>6,45</td><td>5,33</td></tr><tr><td>Muñoz María José</td><td>0,70</td><td>1,12</td><td>2,21</td><td>1,60</td><td>1,35</td><td>0,90</td><td>1,62</td><td>1,35</td></tr><tr><td>Serralunga Mariano</td><td>13,29</td><td>5,40</td><td>10,74</td><td>8,61</td><td>11,03</td><td>14,10</td><td>15,30</td><td>11,21</td></tr><tr><td>Sigwald Stoianoff Santiago Emilio</td><td>7,00</td><td>7,00</td><td>7,50</td><td>6,00</td><td>6,00</td><td>8,00</td><td>6,30</td><td>6,82</td></tr></tbody></table></figure><p> </p>
<p><strong>Orden de mérito técnico</strong></p><p><strong>art .31 (R.C.P de A. y O.)</strong></p><p> </p><p> </p><p>El Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén, hace saber a los interesados que mediante Acordada Nº 109/18 con fecha 27 de noviembre, conforme lo disponen los artículos 23 de la Ley 2533 y 31 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, se ha aprobado el Orden de Mérito Técnico de los postulantes del Concurso Nº150 el que a continuación se transcribe.</p><p> </p><p> </p><figure class="table"><table><thead><tr><th><strong>Apellido</strong></th><th><strong>Nombre</strong></th><th><strong>DNI</strong></th><th><strong>Examen escrito</strong></th><th><strong>Examen oral</strong></th></tr></thead><tbody><tr><td>Martini</td><td>Oriana Denise</td><td>31.939.548</td><td>16</td><td>14</td></tr><tr><td>Cañupan</td><td>Nestor Fabián</td><td>22.619.309</td><td>11</td><td>15</td></tr><tr><td>Colombo</td><td>Miriam Elina</td><td>23.627.224</td><td>9</td><td>11</td></tr></tbody></table></figure>
<p><strong>Entrevistas Personales</strong></p><p><strong>(Art. 35 R. C. P. de A. y O.)</strong></p><p> </p><p> </p><p><strong>I- </strong>Se hace saber a los interesados que en el marco del <strong>Concurso Nº 148</strong>, para cubrir: Un (1) cargo de Defensor Civil Patrimonial en la I Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Neuquén -Categoría MF4-; <strong>Concurso Nº 149</strong>, para cubrir: Un (1) cargo de Defensor Civil, en la IV Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de San Martín de los Andes -Categoría MF4- y <strong>Concurso Nº 150</strong>, para cubrir: Un (1) cargo de Defensor Público Civil, para la Defensoría Civil Nº 1, de la II Circunscripción Judicial, con asiento de funciones en la ciudad de Cutral Có -Categoría MF4-, se realizarán las entrevistas personales de los postulantes de acuerdo al siguiente cronograma. Las entrevistas son públicas y se llevan a cabo conforme el orden de mérito emergente de la sumatoria de las dos etapas anteriores.</p><p> </p><p> </p><figure class="table"><table><thead><tr><th><strong>Apellido</strong></th><th><strong>Nombre</strong></th><th><strong>DNI</strong></th><th><strong>Fecha</strong></th><th><strong>Horario</strong></th></tr></thead><tbody><tr><td>Ciucci Concurso 148</td><td>Gabriel Ángel</td><td>24.413.747</td><td rowspan="11"><strong>11/02/2019</strong></td><td>8:30</td></tr><tr><td>Lazzaro Zgaib Concurso 148</td><td>María Verónica</td><td>25.254.032</td><td>9:00</td></tr><tr><td>Zambrano Centeno Concurso 148</td><td>Lilian Edith</td><td>11.901.746</td><td>9:30</td></tr><tr><td>Fernández Concurso 148 | 149</td><td>Virginia Mercedes</td><td>17.585.118</td><td>10:00</td></tr><tr><td>Cassano Concurso 149</td><td>Javier</td><td>24.820.088</td><td>10:30</td></tr><tr><td>Alderete Concurso 149</td><td>Claudio Marcelo</td><td>24.874.779</td><td>11:00</td></tr><tr><td>Salomone Concurso 149</td><td>Pablo Sebastián</td><td>28.052.599</td><td>11:30</td></tr><tr><td>Martelli Concurso 149</td><td>María José</td><td>30.728.238</td><td>12:00</td></tr><tr><td>Martini Concurso 150</td><td>Oriana Denise</td><td>31.939.548</td><td>12:30</td></tr><tr><td>Cañupan Concurso 150</td><td>Néstor Fabián</td><td>22.619.309</td><td>13:00</td></tr><tr><td>Colombo Concurso 150</td><td>Miriam Elina</td><td>23.627.224</td><td>13:30</td></tr></tbody></table></figure><p><strong> </strong></p><p><strong>II.-</strong> Las entrevistas se llevarán a cabo en la sede del Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén, sito en calle Carlos H. Rodríguez Nº 364, piso 11º de la ciudad de Neuquén. </p><p><strong> </strong></p><p><strong> </strong></p><p><strong>Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición:</strong></p><p><strong>Publicidad y orden de las entrevistas</strong></p><p>Artículo 34: Las entrevistas serán públicas y llevadas a cabo según el orden de mérito emergente de la sumatoria de las dos etapas anteriores. La Prosecretaría de Selección y Evaluación deberá notificar a los postulantes la fecha y horario que les corresponda. La sesión podrá registrarse por los medios técnicos que el Pleno disponga en su oportunidad. Ningún postulante podrá presenciar entrevistas personales anteriores a la propia dentro de un mismo concurso.</p><p>La falta de presentación de un postulante a la entrevista personal, implicará su automática exclusión del concurso sin derecho a recurso alguno y sin que pueda invocarse caso fortuito o fuerza mayor.</p><figure class="table" style="width:100%;"><table><tbody><tr><td colspan="9">Concurso Público Nº 150 - Etapa de Entrevistas Personales</td></tr><tr><td>NOMBRE</td><td>Moya</td><td>Sagaseta</td><td>Sepúlveda</td><td>Ferrari</td><td>Vega</td><td>Bettiga</td><td>Cerda</td><td>PROMEDIO</td></tr><tr><td>Martini, Oriana Denise</td><td>19</td><td>17</td><td>15</td><td>17</td><td>18</td><td>17</td><td>19,00</td><td>17,42</td></tr><tr><td>Cañupan Néstor Fabián</td><td>20</td><td>20</td><td>20</td><td>19</td><td>20</td><td>19</td><td>20,00</td><td>19,71</td></tr><tr><td>Colombo Miriam Elina</td><td>19</td><td>18</td><td>17</td><td>17</td><td>17</td><td>17</td><td>19,00</td><td>17,71</td></tr></tbody></table></figure><p> </p>
<p><strong>Orden de mérito definitivo</strong></p><p><strong>Art.37 (R.C.P. de A. y O.)</strong></p><p> </p><p> </p><p>El Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén, hace saber a los interesados que mediante Acordada Nº 007 /19 de fecha 19 de febrero de 2019, conforme lo disponen los artículos 25 de la Ley 2533 y 37 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, se ha aprobado el Orden de Mérito Definitivo de los postulantes del Concurso Nº 150 el que a continuación se transcribe.</p><p> </p><p> </p><figure class="table"><table><thead><tr><th><strong>Apellido</strong></th><th><strong>Nombre</strong></th><th><strong>DNI</strong></th><th><strong>Puntaje Obtenido</strong></th><th><strong>Orden de Mérito Definitivo</strong></th></tr></thead><tbody><tr><td>Cañupan</td><td>Nestor Fabián</td><td>22.619.309</td><td> 53,89</td><td>1</td></tr><tr><td>Martini</td><td>Oriana Denise</td><td>31.939.548</td><td>52,75</td><td>2</td></tr><tr><td>Colombo</td><td>Miriam Elina</td><td>23.627.224</td><td>46,64</td><td>3</td></tr></tbody></table></figure><p> </p>
<p> </p><p style="text-align:justify;">El Consejo de la Magistratura de la Provincia del Neuquén, hace saber a los interesados que mediante Acordada Nº 013/19 de fecha 28 de febrero de 2019, conforme lo disponen los artículos 26 de la Ley 2533 y 38 del Reglamento de Concursos Públicos de Antecedentes y Oposición, se ha designado al postulante ganador en el Concurso Nº 150 conforme se transcribe a continuación.</p><p> </p><p><strong>Dr. Néstor Fabian Cañupan</strong></p><p><strong>DNI Nº 22.619.309</strong></p>
Acordada/s:
ACORDADA N° 013/2019:
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